Solicitud de eximición tasas de DU y SS para jubilados
Pueden realizar este trámite jubilados o pensionados que cobren haberes mínimos.
Para aquellos que solicitan eximición por primera vez o no la solicitaron en el 2019, 2020, 2021 o 2022 tendrán la posibilidad de realizar el trámite on line. La fecha máxima de presentación es el 31 de mayo de 2023.
Las personas que ya realizaron el trámite durante 2019, 2020, 2021 o 2022 y no presentan ninguna modificación en la compra o venta del inmueble y/o en su condición marital o de convivencia, podrán acceder de manera automática a la próxima eximición.
Si tenés dudas, descargá acá el instructivo con el paso a paso.
Requisitos:
- El solicitante y todos los moradores del inmueble no deben contar, en su conjunto, con ingresos superiores a 2 (dos) haberes mínimos jubilatorios cobro a partir de marzo.
- El inmueble deberá ser única propiedad, usufructo o posesión del solicitante y ser ocupado de manera permanente por el/ los beneficiarios.
- En caso de poseer automóvil u otro bien registrable, deberá tener una antigüedad mayor ó igual a 10 (diez) años.
- DNI del solicitante y del cónyuge.
- Último recibo de cobro jubilación y/o pensión de todos los moradores del inmueble.
- Último recibo de luz (EDEN)
- Escritura o boleto de compra venta del inmueble.
- Título de automóvil en caso de poseer.
- Certificado de matrimonio.
- En caso de fallecimiento de uno de los titulares del inmueble, enviar certificado de defunción y libreta de matrimonio.
Información Importante:
La solicitud de eximición se renueva anualmente y se realiza desde el 2 de enero hasta el 31 de mayo de cada año.
Pasos para realizar trámite:
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Inicia el trámite online.
Ingresá acá para iniciar el trámite de solicitud. -
Recibirás por correo electrónico la respuesta a tu solicitud.